Se puede estar dado de alta en autónomo y régimen general

se puede estar dado de alta en autonomo y regimen general

Bienvenidos a nuestro blog donde hoy trataremos un tema de gran interés para aquellos interesados en el mundo laboral y empresarial: la posibilidad de estar dado de alta en autónomo y régimen general. En el presente artículo, analizaremos detalladamente las diferentes modalidades de contratación y los requisitos necesarios para poder estar inscrito en ambas categorías de manera legal y efectiva. Acompáñanos en esta exploración y descubre cómo puedes optimizar tu situación laboral para alcanzar tus objetivos y metas profesionales.

Índice
  1. ¿Es posible ser autónomo y asalariado al mismo tiempo?
  2. Autónomos con pluriactividad: ¿Cuál es la cuota a pagar?
  3. Conoce cómo combinar trabajo por cuenta ajena y ser tu propio jefe
    1. ¿Cómo es posible estar dado de alta en autónomo y régimen general?
    2. Ventajas de ser autónomo y trabajar por cuenta ajena
    3. Consejos para combinar ambas opciones con éxito
    4. ¿Cuánto pagarás de autónomo siendo trabajador por cuenta ajena?
  4. Conclusión

¿Es posible ser autónomo y asalariado al mismo tiempo?

Si te has planteado alguna vez si es posible ser autónomo y asalariado al mismo tiempo, la respuesta es sí. En España, es posible estar dado de alta tanto en el régimen general como en el de autónomos simultáneamente.

Esta situación se conoce como pluriactividad y se da cuando un trabajador realiza una actividad por cuenta propia y, al mismo tiempo, está dado de alta como trabajador por cuenta ajena en otra empresa. Es una opción que cada vez escogen más personas en nuestro país.

Los trabajadores autónomos que optan por la pluriactividad tienen derecho a las mismas prestaciones que cualquier otro trabajador por cuenta ajena. Además, cotizan por ambas actividades, lo que les da derecho a una mayor protección social en caso de enfermedad, accidente laboral o desempleo.

En cuanto a las obligaciones fiscales, los trabajadores en pluriactividad deben tributar por ambas actividades. Es decir, deberán presentar una declaración de la renta por los ingresos obtenidos como autónomos y otra por los ingresos obtenidos como trabajadores por cuenta ajena.

Es importante destacar que, aunque es posible estar dado de alta en ambos regímenes, debes tener en cuenta que esto puede afectar a tus prestaciones laborales y a tus impuestos. Por ello, es recomendable que consultes con un asesor laboral o fiscal antes de tomar esta decisión.

Esta opción permite a los trabajadores cotizar por ambas actividades y tener derecho a las mismas prestaciones que cualquier otro trabajador por cuenta ajena. No obstante, es esencial que consultes con un experto antes de tomar esta decisión, ya que puede tener implicaciones en tus obligaciones fiscales y laborales.

hqdefault

Autónomos con pluriactividad: ¿Cuál es la cuota a pagar?

Si eres autónomo y también trabajas por cuenta ajena, puedes estar en una situación de pluriactividad. En este caso, es importante que conozcas cuál es la cuota a pagar para estar al día con tus obligaciones fiscales.

En primer lugar, es importante destacar que la cuota a pagar en caso de pluriactividad dependerá de dos factores clave:

  • La base de cotización elegida en el régimen de autónomos.
  • La cotización que ya se esté realizando en el régimen general por cuenta ajena.

Si la suma de ambas cotizaciones supera la base máxima de cotización, no será necesario pagar la cuota completa de autónomos, sino que se aplicará una reducción en función de la cantidad que ya se esté cotizando por cuenta ajena.

En concreto, la cuota de autónomos en caso de pluriactividad se calculará de la siguiente manera:

Si la suma de ambas cotizaciones es inferior o igual a la base máxima de cotización:

Se deberá pagar la cuota completa de autónomos, que en 2021 es de 289,20€ al mes.

Si la suma de ambas cotizaciones es superior a la base máxima de cotización:

En este caso, se aplicará una reducción en la cuota de autónomos en función de la cantidad que ya se esté cotizando por cuenta ajena. La fórmula para calcular la cuota de autónomos en caso de pluriactividad es la siguiente:

Cuota de autónomos = (Base de cotización elegida en el régimen de autónomos – Base mínima de cotización) x Tipo de cotización / 12 meses al año

Es importante tener en cuenta que, si la cotización por cuenta ajena es inferior a la base mínima de cotización de autónomos, se deberá pagar la cuota completa de autónomos.

Recuerda que, en caso de duda, siempre puedes acudir a un asesor fiscal que te ayude a tomar las mejores decisiones para tu negocio.

Conoce cómo combinar trabajo por cuenta ajena y ser tu propio jefe

Si estás buscando una forma de aumentar tus ingresos y tener más libertad en tu trabajo, puede que te hayas planteado la posibilidad de ser autónomo. Sin embargo, esto no significa necesariamente que tengas que abandonar tu trabajo por cuenta ajena. En este artículo te explicamos cómo puedes combinar ambas opciones y tener lo mejor de ambos mundos.

¿Cómo es posible estar dado de alta en autónomo y régimen general?

En primer lugar, debes saber que es posible estar dado de alta en ambos regímenes al mismo tiempo. Esto se conoce como pluriactividad, y te permite trabajar por cuenta ajena y ser autónomo al mismo tiempo.

Para ello, debes cumplir ciertos requisitos, como estar al corriente de tus obligaciones fiscales y no superar ciertos límites de facturación anual. Además, debes informar a la Seguridad Social de tu situación y pagar las cotizaciones correspondientes a cada régimen.

Ventajas de ser autónomo y trabajar por cuenta ajena

La principal ventaja de combinar ambas opciones es que puedes diversificar tus ingresos y tener una mayor estabilidad financiera. Si pierdes tu trabajo por cuenta ajena, todavía tendrás tu actividad como autónomo para seguir generando ingresos.

Otra ventaja es que puedes disfrutar de las ventajas de cada régimen. Por ejemplo, como trabajador por cuenta ajena tendrás derecho a vacaciones pagadas, indemnización por despido y otros beneficios sociales. Como autónomo, tendrás más libertad para organizar tu trabajo y podrás deducir ciertos gastos en tu declaración de la renta.

Consejos para combinar ambas opciones con éxito

Para que la combinación de trabajo por cuenta ajena y ser autónomo funcione, es importante que organices bien tu tiempo y establezcas prioridades. Debes asegurarte de que tu actividad como autónomo no afecte a tu trabajo por cuenta ajena, y viceversa.

También es recomendable que busques sinergias entre ambas actividades. Por ejemplo, si trabajas en el sector de la informática, podrías ofrecer tus servicios como autónomo a empresas que no cuenten con un departamento de informática propio.

Si estás interesado en esta opción, asegúrate de cumplir con los requisitos legales y organiza bien tu tiempo para sacar el máximo provecho de ambas actividades.

¿Cuánto pagarás de autónomo siendo trabajador por cuenta ajena?

Si eres trabajador por cuenta ajena pero también tienes una actividad económica por cuenta propia, es posible que te interese darte de alta como autónomo para poder desarrollarla legalmente.

Una de las dudas más frecuentes en estos casos es cuánto tendrás que pagar de autónomo al mes. La respuesta dependerá de varios factores, como la base de cotización que elijas y las bonificaciones a las que puedas acceder.

En primer lugar, es importante señalar que si ya estás dado de alta en el régimen general como trabajador por cuenta ajena, no tendrás que pagar la parte correspondiente a la cotización por contingencias comunes, ya que esa cantidad ya la estás abonando a través de tu empresa.

Por tanto, solo tendrás que pagar la parte correspondiente a la cotización por contingencias profesionales y por cese de actividad, si lo deseas.

La base de cotización que elijas será fundamental a la hora de determinar cuánto tendrás que pagar cada mes. Cuanto mayor sea la base, mayor será la cuota a abonar, pero también aumentará la cantidad de prestaciones a las que tendrás derecho, como la pensión por jubilación o la baja por enfermedad.

Es importante destacar que existen bonificaciones para los nuevos autónomos y para algunos colectivos específicos, como los menores de 30 años o las mujeres que se dan de alta tras una baja por maternidad.

El coste dependerá de la base de cotización que elijas y de las bonificaciones a las que puedas acceder.

Conclusión

En resumen, es posible estar dado de alta en el régimen general y en el régimen de autónomos al mismo tiempo, siempre y cuando se cumplan los requisitos correspondientes y se realice la actividad laboral en ambas modalidades de manera independiente. Cada régimen tiene sus pros y contras, por lo que es importante evaluar cuidadosamente cuál es la mejor opción para cada caso particular. En definitiva, la clave es informarse adecuadamente y contar con el asesoramiento de profesionales cualificados para tomar la decisión más acertada.

Fernanda Gatica

Hola, soy Fernanda Gatica, una apasionada abogada con experiencia y dedicación en la asesoría legal y económica. Mi misión es brindar ayuda a personas que enfrentan desafíos financieros, ofreciendo soluciones jurídicas y económicas efectivas. A lo largo de mi carrera, he destacado como asesora comprometida, trabajando incansablemente para encontrar soluciones que ayuden a mis clientes a superar sus problemas financieros. Si buscas asesoramiento experto y orientación legal sólida, estoy aquí para ayudarte. ¡Juntos podemos encontrar la mejor manera de abordar tus preocupaciones financieras y construir un futuro más sólido!

Artículos Relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir

Esta web utiliza cookies, puedes ver la política de cookies aquí. Más Informacion